
![]()
En Lima Metropolitana se concentra aproximadamente el 80% del parque
vehicular del Perú.
Los vehículos de transporte público tienen en promedio 16 años de antigüedad,
lo cual explica en parte aspectos negativos como el alto nivel de contaminación
en la capital y los accidentes de transito.
Con las Revisiones Técnicas Vehiculares se busca prevenir accidentes de
tránsito causados por fallas técnicas y contribuir a reducir las emisiones de
gases contaminantes, así como también garantizar el cuidado
de su vehículo.
Recuerde, la Revisión Técnica no es un trámite, es un servicio orientado a
proteger su vida y la de su familia.
![]()
Regulan Procedimiento
Técnico y Administrativo del Sistema de Revisiones Técnicas Vehiculares y el
Funcionamiento de las Plantas de Revisiones Técnicas en Lima Metropolitana.
Establece las Atribuciones
y Funciones del Órgano Encargado del Velar por el Cumplimiento de los Contratos
de Participación de la Inversión Privada Local.
RESOLUCION
DE GERENCIA Nº 199 MML-GTU
Autorizan Operación
Comercial de las Plantas de Revisiones Técnicas Vehiculares Nº 1 Norte y Nº 2
Sur, en los Distritos de San Martín de Porras y Villa el Salvador.
Modifican el Artículo
12º de la Ordenanza Nº 694 sobre el Cronograma de Revisiones Técnicas
Vehiculares Ordinarias y precisa aspecto sobre su operatividad.
RESOLUCION
DE GERENCIA Nº 341 MML-GTU
Establecen prórroga
para que unidades vehiculares de transporte publico y privado cuyo plazo de
revisión técnica vehicular hayan vencido, puedan pasar su RTV.
Declaran la caducidad del Contrato de Concesión de la Ejecución de la Infraestructura de las Plantas de Revisiones Técnicas y la Explotación del Servicio de Revisiones Técnicas Vehiculares para Lima Metropolitana.
Ordenanza que suspende el requisito de Certificado de Revisión Técnica Vehicular.
Ordenanza que establece el servicio en forma gratuita a favor de titulares de vehículos que han cancelado las Revisiones Técnicas.
§
Verificar y evaluar el estado técnico de los vehículos
que transitan en Lima Metropolitana.
§
Contribuir a la reducción de las emisiones de gases
contaminantes, siempre con la visión de proteger la salud de la población.
§
Prevenir accidentes de tránsito, causado por fallas de
los vehículos.
§
Mejorar el registro de vehículos, con el fin de tener
datos precisos del Parque Automotor de Lima y Callao.
1.- ¿QUE VEHICULOS DEBEN PASAR LA R.T.V.?
§
Todos los vehículos inscritos en
la Oficina Registral de Lima y Callao.
§
Todos los vehículos particulares
que circulan regularmente en Lima Metropolitana y tengan más de dos años de
fabricación.
§
Todos los vehículos de transporte
público que circulan en Lima Metropolitana y tengan más de un año de
fabricación.
§
En el año 2008 no están obligados
a pasar revisión técnica los vehículos con fecha de fabricación 2006, 2007 y
2008.
MOTOS: Motos y moto-taxis.
VEHÍCULOS LIGEROS: Aquellos cuyo peso
bruto sea inferior a 3500 Kg. como autos, camionetas, etc.(ver peso bruto en
tarjeta de propiedad)
VEHÍCULOS PESADOS: Con peso bruto igual o
superior a 3500 Kg.
3.- TARIFAS (Incluido IGV):
|
TIPO DE VEHICULO |
IMPORTE |
||
|---|---|---|---|
Motos
|
S/.17.49
|
||
Vehículos Ligeros
|
S/.48.98
|
||
Vehículos Pesados
|
S/.78.36
|
||
PARA TRANSPORTE PUBLICO / CARGA
|
|||
Revisión Complementaria
|
S/.13.99
|
||
§
Las Tarifas se han establecido en dólares americanos y están
sujetas a las variaciones del tipo de cambio.
§
El tipo de cambio considerado es de S/. 2.94 por dólar, al 31
de Enero aplicado durante el mes de Febrero - 2008.
4.- ¿QUE DOCUMENTOS SE
DEBERA PRESENTAR PARA LA R.T.V.?
§
DNI del Conductor
§
La Tarjeta de Propiedad del
Vehículo.
§
SOAT.
§
Brevete.
5.- ¿QUE COMPRENDE LA R.T.V?
LEVES.- No exigen una nueva revisión
técnica vehicular por lo tanto se le entregará su Certificado y su sticker
distintivo. Pero se deberán subsanar las observaciones encontradas para una
próxima inspección.
GRAVES.- Exigen una nueva inspección,
sobre las deficiencias observadas en el informe de revisión técnica, dentro del
plazo de 15 días siguientes sin costo alguno, sin embargo a partir de los 16
días hasta los 30 días siguientes de la inspección inicial, la revisión se
efectuará al 50% de la tarifa vigente.
MUY GRAVES.- Implica la
desaprobación del vehículo, por lo tanto requiere una nueva inspección de modo
integral, dentro del plazo de 30 días siguientes sin costo alguno, sin embargo
a partir de los 31 días hasta los 60 días siguientes de la inspección inicial,
la revisión se efectuará al 50% de la tarifa vigente.
Se considera que un
vehículo ha aprobado la R.T.V cuando no presenta observaciones graves o muy
graves
Se le entregará un certificado que acredita que su vehículo aprobó la
R.T.V y además un sticker que debe colocarse en el lado derecho del parabrisas
delantero.
De lo contrario, se le entregará un informe detallado de las observaciones
encontradas a su vehículo, las cuales deberán ser subsanadas en el plazo
establecido según su gravedad (grave o muy grave)
Recuerda, Los vehículos
particulares deberán aprobar una vez al año la R.T.V y los vehículos de
transporte publico/carga deberán aprobar dos veces al año la R.T.V.
Las Revisiones Técnicas Vehiculares se realizan según el último digito de la
placa de rodaje de acuerdo con el siguiente cronograma.
|
ULTIMO DIGITO DE LA PLACA |
VEHICULOS SUJETOS A REVISION ANUAL
(Particulares) |
VEHICULOS SUJETOS A REVISION
SEMESTRAL (Transporte Público/Carga) |
VEHICULOS SUJETOS A REVISION
TRIMESTRAL |
|||||
|
MES |
1ra. REVISION |
2da. REVISION |
1ra. REVISION |
2da. REVISION |
3ra. REVISION |
4ta. REVISION |
||
|
0 |
ENE. |
JUL. |
ENE. |
JUL. |
OCT. |
ENE. |
ABR. |
|
|
1 |
FEB. Y MAR. |
AGO. |
FEB. |
JUL. |
OCT. |
ENE. |
ABR. |
|
|
2 |
ABR. |
AGO. |
FEB. |
JUL. |
OCT |
ENE. |
ABR. |
|
|
3 |
MAY. |
|
MAR. |
JUL. |
OCT |
ENE. |
ABR. |
|
|
4 |
JUN. |
SET. |
MAR. |
AGO. |
NOV. |
FEB. |
MAY. |
|
|
5 |
JUL. |
OCT. |
ABR. |
AGO. |
NOV. |
FEB. |
MAY. |
|
|
6 |
AGO. |
|
ABR. |
AGO. |
NOV |
FEB. |
MAY. |
|
|
7 |
SET. |
NOV. |
MAY. |
SET. |
DIC. |
MAR. |
JUN. |
|
|
8 |
OCT. Y
NOV. |
NOV. |
MAY. |
SET. |
DIC. |
MAR. |
JUN. |
|
|
9 |
DIC. |
DIC. |
JUN. |
SET. |
DIC. |
MAR. |
JUN. |
|
CONSULTA Y/O
SUGERENCIAS A LA DIRECCIÓN ELECTRÓNICA:
§
revisionestecnicas@invermet.gob.pe
![]()
§
Inspecciones Realizadas y
Porcentaje de Rechazo
§
Grafico de Evolución de las RTV
§
Grafico de Nivel de Aprobación de
Desaprobación de las RTV
§
Grafico de Evolución de las RTV
por Planta
§
¿QUE
COMPRENDE LA REVISION COMPLEMENTARIA?
Primero tenemos que indicar que la
revisión complementaria solo se realiza a los vehículos considerados como
transporte publico/carga y esta revisión consiste en el chequeo del estado del
interior del vehículo, como la existencia de botiquín, extintor, llanta de
repuesto, gata, la correcta instalación de los asientos tanto del conductor
como de los pasajeros además de tener las distancias y medidas reglamentarias,
la existencia de vidrio templado en las ventanas y su correcta colocación,
entre otros aspectos.
§
¿PUEDO
PASAR LA REVISIÓN TÉCNICA ANTES DE LA FECHA PROGRAMADA?
Si podrá pasar la
revisión antes e la fecha programada, pero debe tener en cuenta que
una vez expedido el certificado comenzará a correr su vigencia. En el caso de
vehículos particulares la vigencia es de un año y de transporte público o carga
de seis meses.
§
¿SI MI AUTO ESTA EN PROVINCIA, TENDRÉ QUE TRAERLO A LIMA A PASAR LA
REVISIÓN?
Las revisiones
técnicas son para todos los vehículos inscritos en Lima y que circulen
normalmente en Lima por lo tanto su vehículo deberá pasar la revisión en donde
actualmente está circulando.
Por el momento, en
provincias no se están dando las revisiones, se deberá esperar que el MTC inicie las revisiones por ser de
su competencia.
§
¿MI VEHÍCULO ESTA
CONVERTIDO A GLP, PERO NO HE REALIZADO EL CAMBIO DEL SISTEMA DE
COMBUSTIBLE EN LA TARJETA DE PROPIEDAD, ES ESTE UN IMPEDIMENTO PARA PASAR
LA REVISIÓN TÉCNICA?
Si ha cambiado el
sistema de combustible de su vehículo, esto deberá consignar en la tarjeta de
propiedad, de no ser así, por ser el primer año de implementación de las
revisiones técnicas, será considerada como una falta leve, lo cual no implica
la desaprobación de la revisión, pero si una observación que deberá subsanar
para aprobar futuras revisiones.
§
¿CUANTAS MODALIDADES DE TAXI HAY EN SETAME Y CUÁNTAS UNIDADES EXISTEN?
MODALIDADES DE PRESTACIÓN DE SERVICIO DE TAXI: DIFERENCIAS
|
INDEPENDIENTE |
ESTACION |
REMISSE |
|---|---|---|
Es el servicio de taxi que se presta en vehículos de propiedad de personas naturales, conducidos por un propietario o conductor o conductores libres.
|
Es el servicio de taxi que se presta en vehículos de propiedad de personas jurídicas como asociaciones, cooperativas o empresas con una flota mínima de diez (10) taxis, a través de sus propios trabajadores, socios o asociados.
|
Es el servicio de taxi que presta en vehículos de propiedad de personas jurídicas como asociaciones, cooperativas o empresas, con una flota mínima de diez (10) taxis, a través de sus propios trabajadores, socios o asociados. |
La carrocería debe estar pintada íntegra y exclusivamente de color amarillo.
|
Todos los vehículos de la flota deben estar pintados uniformemente con los colores característicos que determinen cada empresa o institución
|
Las carrocerías de los vehículos pueden ser diferentes colores, pudiendo mantener el color de vehículo original. |
En el exterior del techo vehículo, deberá instalarse un casquete iluminado de acrílico blanco, teniendo inscrita en la parte frontal y posterior la palabra TAXI, distribuida simétricamente en el elemento de identificación.
|
En el exterior del techo vehículo, deberá instalarse un casquete iluminado de acrílico blanco, teniendo inscrita en la parte frontal y posterior la palabra TAXI, distribuida simétricamente en el elemento de identificación.
|
NO REQUIERE |
En las puertas laterales posteriores del vehículo o en la parte lateral posterior a su caso, deberá pintarse de color negro el numero de la placa de rodaje en un rectángulo de treinta y cinco (35 cm) de largo por quince centímetro (15 cm ) de alto
|
En las puertas laterales posteriores del vehículo o en la parte lateral posterior a su caso, deberá pintarse de color negro el numero de la placa de rodaje en un rectángulo de treinta y cinco (35 cm) de largo por quince centímetro (15 cm ) de alto
|
No requiere el pintado de la placa en las puertas laterales
|
No lleva logotipo en las puertas laterales delanteras
|
En las dos puertas laterales delanteras de los vehículos se pintara o adherirá la insignia, nombre o logotipo de la persona jurídica titular de la Autorización para el servicio de taxi.
|
No lleva logotipo en las puertas laterales delanteras |
En la parte interior del parabrisa al lado derecho, deberá adherirse una etiqueta autoadhesiva de lectura interna, en el cual esta inscrita:
a) Número de Placa de Rodaje del vehículo. b) Nombre del propietario del vehículo c) Numero del Certificado de Operación para prestar el Servicio de Taxi Metropolitano. d) Numero de teléfono de FONOSETAME |
En la parte interior del parabrisa al lado derecho, deberá adherirse una etiqueta autoadhesiva de lectura interna, en el cual esta inscrita:
a) Número de Placa de Rodaje del vehículo. b) Nombre del propietario del vehículo c) Numero del Certificado de Operación para prestar el Servicio de Taxi Metropolitano. d) Numero de teléfono de FONOSETAME |
En el interior de las unidades deberá señalarse en forma clara el número de la placa de rodaje del vehículo y el número de control de la unidad, también debe figurar en lugar visible el Certificado de Operación del mismo y la Credencial del conductor. |
NO REQUIERE
|
NO REQUIERE
|
Deben contar con sistema de aire acondicionado, sistema de música y otros equipos complementarios que mejoren la calidad de servicio a los pasajeros |
NO REQUIERE
|
Estar comunicados con la estación a través de radios o teléfonos
|
Tener una central de comunicaciones por radio o por teléfono. |
TAXIS AUTORIZADOS POR SETAME, SEGÚN MODALIDAD (DICIEMBRE 2007)
| MODALIDAD |
EMPRESAS AUTORIZADAS |
VEHICULOS REGISTRADOS |
CERTIFICADO DE OPERACION VIGENTE |
|---|---|---|---|
TAXI INDEPENDIENTE
|
0
|
25,732 |
13,695 |
TAXI ESTACION
|
369
|
74,084 |
57,871 |
TAXI REMISSE
|
39
|
1,664 |
1,132 |
SERVICIO TAXI ESTACION - REMISSE
|
31
|
6 |
1 |
TOTAL
|
439
|
101,486 |
72,699 |
§
Programe la revisión técnica de su vehículo, en función a
los plazos establecidos en el cronograma de las RTV y no espere el último
momento, para evitar las largas colas en las plantas y demoras en la
atención que provocan el malestar de los usuarios.
§
No se deje sorprender por personas que hacen negocio con
el alquiler de piezas diversas como llantas, faros, extintores u otros,
recuerde que “lo barato sale caro” y no le servirá de mucho aprobar la revisión
alquilando implementos para “maquillar” el estado de su vehiculo, porque al ser
detectados en los operativos de fiscalización serán enviados al depósito.
§
Si su vehiculo es de uso particular con fecha de
fabricación 2006 y 2007 le recordamos que no están obligados a pasar revisión
técnica, por no contar con la antigüedad necesaria. En el caso de vehículos de
transporte publico o carga, no están obligados a pasar revisión los que cuentan
con año de fabricación 2007.
§
No se olvide que en las Plantas de Revisiones, la
documentación solicitada para pasar revisión es DNI, TARJETA DE PROPIEDAD,
BREVETE Y SOAT.
§
Le recordamos cuales son las infracciones que cometería al conducir un vehículo que no haya pasado la Revisión Técnica Vehicular dentro del plazo establecido.
| CODIGO |
DETALLE DE LA INFRACCIÓN |
NIVEL DE GRAVEDAD |
SANCION |
SANCION |
|---|---|---|---|---|
F-15
|
Conducir un vehículo que no cuente con el certificado de aprobación de Revisión Técnica.
|
Muy Grave |
4% Retención de vehículo |
140.00 |
T-31
|
Prestar el servicio sin contar con el Certificado de Revisión Técnica o este se encuentre vencido.
|
Grave |
20% Internamiento del Vehículo |
700.00 |
R-35
|
Prestar el servicio de taxi sin contar con el Certificado de Revisión Técnica o este se encuentre vencido.
|
Grave |
20% Internamiento del Vehículo |
700.00 |
Nota. El valor de una U.I.T. (Unidad Impositiva Tributaria) en el 2008 es de S/.3,500 nuevos soles.
§
Finalmente, le indicamos los accesorios que deberá tener su vehiculo
para pasar la RTV.
VEHÍCULOS PARTICULARES MENOR O IGUAL A 3,500 KG.
o
Triangulo de Seguridad
o
Llanta de Repuesto
o
Llave de Ruedas
o
Gata
VEHÍCULOS DE TRANSPORTE PÚBLICO Y PESADOS
MAYORES A 3,500 KG.
o
Triangulo de Seguridad
o
Llanta de Repuesto
o
Llave de Rueda
o
Gata
o
Linterna
o
Botiquín
o
Extintor de acuerdo al vehiculo: Camioneta Rural / Combi 2KG
Couster
/ Microbús 4KG
Ómnibus
/ Camiones Pesados 6KG
Tracto,
Remolque, Cisternas
Volquetes
y Otros 6KG